Por Prensa Internacional FUNDELSUR - pif.
San Antonio del Estado Táchira (Venezuela), Martes 10-Junio-2008.
ASPECTOS GENERALES DE IDENTIFICACION DE CIUDADANOS VENEZOLANOS (CON DOBLE NACIONALIDAD)
Todo ciudadano con doble nacionalidad puede viajar al exterior a través del aeropuerto Internacional de Maiquetía siempre y cuando presente su pasaporte venezolano o el de su nacionalidad de origen. (Articulo 34. La Nacionalidad Venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
¿Cómo se obtiene una Cédula Original (por primera vez) Con visa de Transeúnte? Y ¿ y en cuál oficina?
Visa de Transeúnte: Es el Ciudadano extranjero que cambia de visado de turista a transeúnte. Es una visa que se puede renovar ó prorrogar por un año. Se le otorga al ciudadano Cédula de Identidad Extranjero.
Requisito para sacar Cédula por Primera vez:
• Presentar pasaporte con la visa vigente
• Fotocopia del Pasarte Extranjero.
• Orden de Cedulación.
• Copia de Radiograma entregado por la Embajada si fue por Ingreso.
(el ciudadano solicita su cédula por primera vez en la Sede Central de la Onidex, Avenida Baralt, edificio Mil, Plaza Miranda).
¿Qué necesito para sacar la cedula de identidad por primera vez?
R. (La Ley de Identificación Civil en su Artículos 8º) Son elementos básicos de la identificación de las personas naturales: sus nombres, apellidos, sexos y los dibujos de sus crestas papilares.
Otorgamiento de la Cédula.
Articulo 13:: El Estado otorgará a los venezolanos por nacimiento la cédula identidad con la sola presentación de la partida nacimiento; a los venezolanos por naturalización con la presentación de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la cual conste haber adquirido la nacionalidad venezolana; y a los extranjeros residente mediante la presentación del instrumento que acredite la condición de residente, otorgado por la autoridad competente.
Para efectuar el proceso de cedulación deberá dirigirse al módulo de cedulación más cercano a su domicilio, con la documentación correspondiente.
¿Qué debe hacer un niño, nacido en el territorio nacional de padres extranjeros, para obtener su identificación?
R. Simplemente los representantes deben presentar el pasaporte de la Nacionalidad Extranjera (no importa que este en condición ilegal) ante la Prefectura más Cercana a su domicilio, presentando los siguiente recaudos:
• La tarjeta de Maternidad.
• Certificado de Nacimiento del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS).
• Si es Casada la Constancia de Matrimonio, ó Carta de Concubinato.
• Fotocopia de la Cedula Identidad o Pasaporte.
¿Qué debo hacer, para corregir algún error en mis datos de identidad?
R. Una de las opciones es consultarse a través del 0800-6643390, para confirmar si persiste el error. Otra opción es dirigirse al Módulo de Cedulación de Misión Identidad más cercano a su domicilio y solicitar consultarse en el Sistema de Actualización y Corrección de Datos, donde podrá hacer la solicitud de la corrección.
Si sabe exactamente el error u objeción que esta presentando, consulte el “ Cuadro de Objeciones ” para que verifique los pasos a seguir y la documentación requerida para solventar la situación.
EN CUANTO A LAS SITUACIONES ESPECIALES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES :
¿Cuándo un niño, niña o adolescente necesita una autorización otorgada ante las autoridades competentes, para obtener el pasaporte y viajar fuera del territorio nacional?
R: a. Cuando viajen solos o con un tercero, sin la compañía del padre y madre o su representante legal.
b. Cuando viaje únicamente con el padre o la madre, debiendo presentar autorización autenticada del progenitor ausente, a excepción que el progenitor ausente este fallecido o tenga la patria potestad en sentencia definitiva.
En caso de que el progenitor llamado a dar su consentimiento se encuentre fuera del territorio nacional, se deberá presentar autorización autenticada certificada por el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela correspondiente.
En los casos que se encuentren en un país donde no haya representación consular, se puede utilizar el convenio de la Haya de “Internacionalización de la Notarias”, solicitando ante las autoridades competentes asienten en el documento la “Apostilla del Convenio de la Haya”.
¿Qué hacer cuando uno de los progenitores está en el extranjero, el niño, niña o adolescente viaja solo ó con un tercero, y el progenitor que está en el país no viaja?
R: El progenitor que está en el extranjero debe emitir una autorización y autenticarlo en el Consulado del país donde se encuentre y el que está en el país emitir una autorización notariada o a través de un Tribunal de Protección.
¿Ante qué autoridades competentes debo dirigirme para obtener la autorización de pasaporte y/o viaje del menor, en los casos requeridos?
R: a. Consejos de Protección del Niño y del Adolescente.
b. Notarías Públicas.
c. Consulados de la República Bolivariana de Venezuela, para los casos en el exterior del país.
¿Qué hacer en caso de que el padre o la madre que ejerza la Patria Potestad o el representante legal llamado a dar su consentimiento se negase sin causa justificada a otorgar la autorización para viajar, o bien, cuando exista desacuerdo entre los mismos, o desconozca su paradero?
R: El padre, madre o representante legal deberá hacer la solicitud de autorización ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente el cual es el órgano jurisdiccional competente, el cual podrá otorgar o no la autorización para viajar, decidiendo lo que más convenga al niño, niña o adolescente involucrado, atendiendo al principio de interés superior del niño.
¿Cuáles son los requisitos exigidos por las autoridades competentes para solicitar las autorizaciones de viaje y/o emisión de pasaporte venezolano?
R: Los requisitos exigidos, variando según en caso, son:
1.- Partida de nacimiento.
2.- Cédula de identidad del padre o de la madre que ejerza la Patria Potestad, de ambos padres que ejerzan la Patria Potestad o del representante legal otorgante de la autorización para viajar.
3.- Cédula de identidad del niño, niña, o adolescente que desee trasladarse dentro o fuera del país, en caso de ser cedulado.
4.- Documento que compruebe suficientemente la condición del representante legal llamado a dar su consentimiento para el traslado.
5.- Partida de defunción del padre o madre fallecido.
6.- Copia certificada de fecha reciente de la sentencia definitivamente firme de privación de patria potestad.”
¿Qué aranceles debo cancelar para las solicitudes de autorizaciones o permisos de viaje ante los organismos competentes?
R: Según el principio de gratuidad, “Las autoridades competentes para el otorgamiento de las autorizaciones para viajar tramitarán estas solicitudes en papel común y sin estampillas, las despacharán con preferencia y no podrán cobrar emolumento alguno, ni aceptar remuneración.”
¿Cómo se procede en los casos en que el padre y/o madre sean menores de 18 años de edad y desean obtener el pasaporte venezolano de su hijo(a)?
R: En estos casos el padre y/o madre menor de edad deberá presentarse en compañía de representante legal, al momento de realizar la solicitud de pasaporte.
¿Qué hacer en el caso de que el niño, niña o adolescente, está viviendo en Venezuela en condición de hijo de funcionario diplomático o consular?
R: Está exento de presentar la autorización ya que se rige por la legislación del país de su residencia habitual.
¿Qué se necesita cuando el niño, niña o adolescente que pretende salir del país o solicitar su pasaporte, solo fue presentado por el progenitor que viaja con él, según consta en la Partida de Nacimiento?
R: No necesita autorización. Debe presentar la Partida de Nacimiento Original.
R: Deben cumplir al igual que los venezolanos por nacimiento, con las normas establecidas en la “LOPNA” para el traslado al exterior.
EN CUANTO A PASAPORTES VENEZOLANOS:
Para obtener información con respecto a Pasaportes Venezolanos, has clic en el siguiente enlace:
Preguntas
Frecuentes de Pasaportes Venezolanos
Fuente:
http://www.onidex.gov.ve/general/preg_frecuentes.php