No importó que el usuario estuviera al día en el pago mensual del suministro de gas combustible, pero el corte del servicio, denominada por GASES DEL ORIENTE "Notificación de suspensión del servicio de gas" se materializó.
Chapinero de Cúcuta-Colombia, 17 de febrero de 2021 | Como inaceptable ha considerado un usuario de Gases del Oriente S.A. E.S.P., la decisión de cortar el servicio en el suministro de gas combustible por el no pago del valor de aproximadamente $85.000,00 por concepto de la revisión periódica de las intalación de gas.
En el mes de noviembre de 2020, GASES DEL ORIENTE Cúcuta, hizo entrega a sus usuarios de una comunicación en la que se destaca la obligación de realizar a costa del usuario la revisión periódica, según disposición emanada de la Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG), precisando que a partir del 1 de julio de 2020 debería procederse a obtener el Certificado de Conformidad de la instalación interna de gas combustible.
No obstante, por estar en tiempo de la pandemia del Coronavirus - Covid19, el usuario mediante mensaje vía WhatsApp a GASES DEL ORIENTE les manifestó la imposibilidad de cumplir con tal exigencia.
Ahora bien, llegó la notificación de corte y ante la realidad de no haber cumplido con el pago de la revisión de la instalación, el hogar integrado por adultos mayores se quedó sin poder preparar sus alimentos.
Finalmente, destacó una persona de la tercera edad afectada por no tener gas para cocinar que habría que interponer una Acción Popular, porque estamos en tiempo de pandemia y además, es un abuso y una falta de consideración por parte de Gases del Oriente dejarla sin el suministro de gas combustible.
El suministro fue restablecido, una vez el funcionario que realizó la visita quitó el precinto y abrió la válvula del medidor, y por supuesto, el usuario firmó el compromiso de pagar el valor entendido, que según el informante es excesivo, pues otras empresas autorizadas para hacer la revisión cobran un menor valor.
Así la comunidad se hace sentir y Noticias FCN hace eco del sentir de los ciudadanos que se quejan cuando es interrumpida la prestación de un servicio público domiciliario esencial para la supervivencia humana en condiciones dignas.